viernes, 18 de diciembre de 2009

PROMESAS DEL SANTO ROSARIO


Promesas

He aquí las quince promesas que dictó Nuestra Señora al beato Alan de la Roche (1428 aprox. - 1475), su impulsor después de que la devoción se olvidase tras la muerte de Santo Domingo:


1.- El que me sirva, rezando diariamente mi Rosario, recibirá cualquier gracia que me pida.

2.- Prometo mi especialísima protección y grandes beneficios a los que devotamente recen mi Rosario.

3.- El Rosario será un fortísimo escudo de defensa contra el infierno, destruirá los vicios, librará de los pecados y exterminará las herejías.

4.- El Rosario hará germinar las virtudes y también hará que sus devotos obtengan la misericordia divina; sustituirá en el corazón de los hombres el amor del mundo al amor por Dios y los elevará a desear las cosas celestiales y eternas. ¡Cuántas almas por este medio se santificarán!.

5.- El alma que se encomiende por el Rosario no perecerá.

6.- El que con devoción rezare mi Rosario, considerando misterios, no se verá oprimido por la desgracia, ni morirá muerte desgraciada; se convertirá, si es pecador; perseverará en la gracias, si es justo, y en todo caso será admitido a la vida eterna.

7.- Los verdaderos devotos de mi Rosario no morirán sin auxilios de la Iglesia.

8.- Quiero que todos los devotos de mi Rosario tenga en vida y en muerte la luz y la plenitud de la gracia, y sean partícipes de los méritos de los bienaventurados.

9.- Libraré pronto del purgatorio a las almas devotas del Rosario.

10.- Los hijos verdaderos de mi Rosario gozarán en el cielo una gloria singular.

11.- Todo lo que se me pidiere por medio del Rosario se alcanzará prontamente.

12.- Socorreré en todas sus necesidades a los que propaguen mi Rosario.

13.- Todos los que recen el Rosario tendrán por hermanos en la vida y en la muerte a los bienaventurados del cielo.

14.- Los que rezan mi Rosario son todos hijos míos muy amados y hermanos de mi Unigénito Jesús.

15.- La devoción al santo Rosario es una señal manifiesta de predestinación a la gloria.

Indulgencias


Los Papas han promulgado el Santo Rosario y han asignado numerosas indulgencias.
"Se confiere una indulgencia plenaria si el rosario se reza en una iglesia o un oratorio público o en familia, en una comunidad religiosa o asociación pía; se otorga una indulgencia parcial en otras circunstancias" (Enchiridion de Indulgencias, p. 67)
Condiciones:
  1. Que se recen las cinco decenas del Rosario sin interrupción.
  2. Las oraciones sean recitadas y los misterios meditados.
  3. Se el Rosario es público, los Misterios deben ser anunciados.
Además debe cumplirse:
  1. Confesión Sacramental.
  2. Comunión Eucarística
  3. Oraciones por las intenciones del Papa.
Si no se cumplen las condiciones, puede aún ganarse indulgencia parcial.
La indulgencia puede ser aplicada a los difuntos. La indulgencia plenaria solo puede ganarse una vez al día (excepto en peligro de muerte). 

Fuente

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